15 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 3 horas | ISSN: 2805-6396

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Amparan derechos de adolescentes víctimas de violencia de género cuyos colegios no atendieron sus casos

16 de Mayo de 2024

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La Corte Constitucional amparó los derechos a la educación y a una vida libre de violencia de dos adolescentes que manifestaron haber sido víctimas de diferentes formas de violencia de género, tanto al interior como fuera de sus instituciones educativas, por lo que ordenó, entre otras medidas, iniciar un proceso de diálogo dentro de la comunidad educativa que permita procesar internamente lo ocurrido y adoptar, de manera participativa, los ajustes necesarios.

Las adolescentes señalaron que, por los entornos de violencia que sufrieron, también atravesaron dificultades en su desempeño escolar y en otras esferas de su vida individual y familiar. Sin embargo, los colegios permanecieron indiferentes ante estos contextos o restaron importancia a lo ocurrido. En el caso de una de las accionantes, el colegio, además, aplicó correctivos ante lo que consideró comportamientos de indisciplina.

El alto tribunal recordó que el Estado, la sociedad y las instituciones educativas tienen un deber reforzado de diligencia en la identificación y abordaje de las conductas de violencia sexual en contra de las menores en entornos educativos, lo cual incluye, entre otras cosas, analizar los casos con perspectiva de género, entendiendo el contexto de la víctima, los factores de riesgo, las asimetrías de poder, los estereotipos de género y la intersección de características de vulnerabilidad.

Credibilidad

En ese sentido, señaló, es necesario que las autoridades, en conjunto con las instituciones educativas, den especial credibilidad al relato de las víctimas; eviten su revictimización; actúen de manera diligente, sensible y oportuna; presten los servicios requeridos, en especial la atención en salud física y mental inmediata, y garanticen agilidad en la investigación y sanción de las conductas identificadas como violencia sexual, en lo que sea de su competencia.

En el caso bajo análisis, la corte encontró que las instituciones educativas perciben los manuales de convivencia desde una perspectiva que prioriza la disciplina de los estudiantes sobre los deberes y responsabilidades de directivos y docentes de construir entornos seguros de crecimiento. El énfasis en el rendimiento académico y la disciplina dentro del colegio puede llevar a invisibilizar las violencias de género.

No se prestó atención a los cambios en el comportamiento de las adolescentes, su rendimiento académico y la posible relación de dichos cambios con entornos de violencia, situación que debió haber activado alertas tempranas y un seguimiento por parte de los colegios. Estos contextos exigen, además, un mayor grado de atención no solo por parte de las instituciones educativas, sino también de las familias y una sensibilidad de los jueces constitucionales y demás autoridades (M.P. Diana Fajardo Rivera).

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