Demandan norma del Código Penal para permitir el consumo libre de estupefacientes
28 de Junio de 2022
La Corte Constitucional admitió una acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 376 (tráfico, fabricación o porte de estupefacientes) de la Ley 599 del 2000 (Código Penal). De acuerdo con los demandantes, desde la expedición de la Sentencia C-221 de 1994 no es delito, ni ilegal, consumir estupefacientes en Colombia, y ante la inexistencia de un mecanismo que permita acceder al consumo sin establecer un vehículo que permita de forma legal y en condiciones de seguridad acceder a narcóticos se estaría atentando contra varios derechos constitucionales, entre otros, el de la salud.
Los accionantes solicitan que se decrete una omisión legislativa relativa, un déficit de protección constitucional o se identifique una vulneración directa a la Constitución que permita que el Estado (bien sea a través las autoridades de salud o de policía), de forma legal y bajo el imperio de ley, vender, ofrecer o permitir la adquisición del narcótico para suplir a los consumidores existentes en el país (Demandantes: Francisco Javier Lara Sabogal y Alfy Smile Rosas Sánchez).
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