Demandan norma del Código Penal para permitir el consumo libre de estupefacientes
De acuerdo con los accionantes, la norma demandada viola el derecho a la salud.28 de Junio de 2022
La Corte Constitucional admitió una acción pública de inconstitucionalidad contra el artículo 376 (tráfico, fabricación o porte de estupefacientes) de la Ley 599 del 2000 (Código Penal). De acuerdo con los demandantes, desde la expedición de la Sentencia C-221 de 1994 no es delito, ni ilegal, consumir estupefacientes en Colombia, y ante la inexistencia de un mecanismo que permita acceder al consumo sin establecer un vehículo que permita de forma legal y en condiciones de seguridad acceder a narcóticos se estaría atentando contra varios derechos constitucionales, entre otros, el de la salud.
Los accionantes solicitan que se decrete una omisión legislativa relativa, un déficit de protección constitucional o se identifique una vulneración directa a la Constitución que permita que el Estado (bien sea a través las autoridades de salud o de policía), de forma legal y bajo el imperio de ley, vender, ofrecer o permitir la adquisición del narcótico para suplir a los consumidores existentes en el país (Demandantes: Francisco Javier Lara Sabogal y Alfy Smile Rosas Sánchez).
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