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Dádivas u ofrecimientos tendientes a lograr cualquier omisión en la función pública constituyen cohecho (8:35 a.m.)

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04 de Junio de 2014

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La Corte Suprema de Justicia determinó que omitir algún elemento evidenciado en labores investigativas propias de la acción penal, a cambio de dinero, constituye cohecho por dar u ofrecer, al margen del propósito de quien invita a cometer la conducta. En ese sentido, recordó que el artículo 407 de la Ley 599 del 2000 describe la actuación como la oferta o entrega de utilidades con el interés de que se omita o se retarde una actuación propia de las funciones del servidor. La Sala ratificó así la condena impuesta a un ciudadano que ofreció dinero a un investigador para que ocultara información relacionada con las indagaciones que este adelantaba por el robo de su automotor. Para la corporación, no estaba acreditada la falta de tipicidad de la conducta, por el hecho de que el fin del ofrecimiento solo apuntara a que no se pusiera en evidencia un encuentro extramatrimonial que sostuvo el denunciante y posteriormente procesado (M. P. Eugenio Fernández Carlier).

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