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Corte Suprema absolvió a exrepresentante del delito de peculado por apropiación

La sentencia de primera instancia concluyó que al excongresista le es aplicable el principio de resolución de la duda en su favor para absolverlo de los cargos.
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29 de Abril de 2022

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La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia absolvió al exrepresentante Julio Eugenio Gallardo Archbold del delito de peculado por apropiación, en concurso homogéneo y sucesivo, por el cual había sido acusado. Lo anterior por celebrar contratos de prestación de servicios considerados innecesarios y que contrariaban la política de racionalización del gasto público.

Sin embargo, para el alto tribunal, la celebración del contrato se ajustó a las previsiones del artículo 32 de la Ley 80 de 1993. Además, la cuantificación de los honorarios fue realizada siguiendo los criterios previstos para tal efecto, sin que existieran elementos suficientes que permitieran determinar sobrecosto o detrimento patrimonial.

Frente a los otros contratos no se logró acreditar que el acusado los hubiese suscrito con conocimiento y voluntad de disponer de recursos estatales a favor de terceros.

En consecuencia, al no poder derrumbar la presunción de inocencia ante las falencias probatorias que impiden sustentar la declaración de responsabilidad penal del procesado, se acudió al principio de resolución de duda en su favor, de origen constitucional y desarrollado por el artículo 7° de la Ley 600 del 2000, para absolverlo de los cargos formulados de peculado por apropiación. El magistrado Jorge Emilio Caldas Vera aclaró su voto (M. P. Blanca Nélida Barreto Ardila).

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