Convocar a testigo para que emita concepto jurídico sobre el proceso es desplazar al operador jurídico (1:20 p.m.)
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13 de Julio de 2015
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La Corte Suprema de Justicia aclaró que no es válido solicitar que se escuche en juicio a un testigo con el propósito de que emita un concepto jurídico sobre los hechos a juzgar. Ese examen es de exclusivo resorte del juez, explicó. Este escenario escapa a los que el artículo 357 (inciso 3º) de la Ley 906 del 2004 reconoce como uno de los medios lícitos a los que libremente pueden acudir las partes para probar sus pretensiones, precisó. Incluso, el artículo 236 del Código de Procedimiento Civil impide que las pruebas periciales estén destinadas a establecer puntos de derecho, agregó (M. P. Gustavo Enrique Malo).
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