04 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 2 días | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Noticias / Penal


Ordenan nuevas acciones para solucionar crisis humanitaria en las cárceles

16 de Abril de 2018

Reproducir
Nota:
32921
Imagen
carcel-hacinamiento-presodefensoriadelpueblo2-1509241799.jpg

Ante la falta de información precisa y objetiva de la dimensión de la crisis carcelaria en el país, la Sala Especial de Seguimiento a las sentencias T-388 del 2013 y T-762 del 2015 de la Corte Constitucional adoptó una serie de medidas para reorientar el seguimiento a este problema. (Lea: Corte califica la política criminal como populista e incoherente)

 

Recordó la naturaleza del estado de cosas institucionales (ECI) y los tipos de seguimiento que la Corte ha desplegado en otros casos, para precisar que el seguimiento a la situación en materia carcelaria se hará bajo la modalidad de la búsqueda de mínimos constitucionalmente asegurables para la población.

 

De esta manera, ordenó al Gobierno y a los organismos de control que se definan, a la mayor brevedad, los cuatro bastiones del seguimiento:

 

  1. Estructurar una base de datos y un sistema de información sobre la política criminal.

     
  2. La configuración de las normas técnicas sobre privación de la libertad en Colombia

 

  1. La consolidación de una línea base y

 

  1. La definición de indicadores de goce efectivo de derechos, a partir de los mínimos constitucionalmente asegurables definidos en la jurisprudencia constitucional, en temas como resocialización, infraestructura, alimentación, salud, servicios públicos domiciliarios y derecho de petición de las personas privadas de la libertad. (Lea: Iniciativas sobre asuntos carcelarios deben tener concepto previo del Consejo Superior de Política Criminal)

 

Con relación a los roles, precisó que la intervención del alto tribunal se concentrará en:

 

·         Orientar el seguimiento y dar pautas a las entidades encargadas del mismo.

·         Adoptar las medidas necesarias para desbloquear las inercias administrativas, normativas o presupuestales que impiden el goce efectivo de derechos cuando, pese a la intervención de los organismos de control, tales bloqueos persisten.

·         Verificar el impacto de la política pública en el goce efectivo de derechos con miras a evaluar la superación del ECI.

 

También agregó que espera que la Defensoría del Pueblo, la Procuraduría General y la Contraloría General de la República: (i) den cuenta de los hallazgos de su labor de seguimiento a la superación del ECI vigente en atención a sus competencias constitucionales y legales y (ii) controviertan o avalen la información presentada por el Ejecutivo en su reporte semestral. (Lea: Principales derechos que tienen las personas recluidas en centros penitenciarios)

 

Además solicitará al Ministerio de Justicia y a la Defensoría del Pueblo, como integrantes del Comité Interdisciplinario para la estructuración de las normas técnicas sobre privación de la libertad, que remitan las mencionadas normas técnicas y que, además, envíen un informe acerca del estado actual de la línea base y de los indicadores de goce efectivo de derechos (M. P. Gloria Stella Ortiz).

 

Corte Constitucional, Auto 121, Feb. 22/18

 

Documento disponible para suscriptores de LEGISmóvilSolicite un demo.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)