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Actualizado hace 15 horas | ISSN: 2805-6396

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ATENCIÓN: Confirman condena a varios exfuncionarios por persuadir para apoyar la reelección presidencial en 2004

27 de Septiembre de 2024

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Por pago incompleto de las cesantías no procede sanción moratoria (Freepik)

La Corte Suprema de Justicia resolvió la impugnación especial formulada por Diego Palacio Betancourt, Sabas Pretelt de la Vega y Alberto Velásquez Echeverry contra el fallo del 15 de abril del 2015, mediante el cual fueron condenados como coautores del delito de cohecho por dar u ofrecer, cometido mientras fungieron como ministros de la Protección Social, del Interior y de Justicia y como director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República (DAPRE), respectivamente.

La Sala de Casación Penal ratificó la condena impuesta por el delito mencionado, vinculado a ofrecimientos ilegales a congresistas para lograr la aprobación del proyecto de acto legislativo que proponía reformar, entre otros, el artículo 197 de la Constitución, con el fin de viabilizar la reelección presidencial inmediata en 2004.

Los exfuncionarios fueron condenados en única instancia y el proceso regresó al máximo tribunal de la justicia ordinaria para garantizar la doble conformidad judicial. La decisión resolvió los recursos interpuestos por los procesados, quienes fueron condenados por los ofrecimientos hechos para influir en el voto de los entonces congresistas Yidis Medina Padilla y Teodolindo Avendaño.

Según el alto tribunal, la declaración de Yidis Medina y todos los hechos que sirvieron a manera de indicios acreditaron que los tres acusados, por virtud de la mediación de un acuerdo, actuaron de común acuerdo, con división de trabajo y el aporte de cada uno fue significativo en la obtención del ingrediente subjetivo, tanto que fue solo de esa manera que se logró que, por la acción y omisión respectivas de los dos congresistas, el proyecto de acto legislativo siguiera su curso.

Igualmente, señaló, los exfuncionarios tuvieron el dominio del hecho en la medida en que tenían la capacidad de persuadir y disuadir a los excongresistas mencionados para que, a través del ofrecimiento de prebendas burocráticas, se lograra que, con su voto o abstenerse de emitirlo, el proyecto de reelección siguiera su curso, como en efecto sucedió (M. P. Gerson Chaverra Castro).

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