Establecen lineamientos para entregar constancias de asistencia a comparecientes ante la JEP
26 de Julio de 2023
La Unidad de Búsqueda de Personas dadas por Desaparecidas (UBPD) estableció las directrices para entregar constancias de asistencia a los interesados y los criterios para la expedir acreditaciones a la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) en relación con la contribución con información efectiva para el cumplimiento de la misión de la UBPD por parte de los beneficiarios del régimen de condicionalidad.
Esta resolución va dirigida a las personas que, de conformidad con el artículo 5° de la Ley 1922 del 2018, adquieran la calidad de comparecientes ante la JEP. Además, acoge a aquellas personas que sin ser comparecientes soliciten la entrega de constancias de asistencia a las sesiones de acreditación dentro del plan de trabajo que aporte información a la UBPD.
En este sentido, el aporte de verdad plena al que están obligados los comparecientes ante la JEP y quienes buscan un tratamiento especial de justicia se materializa en las contribuciones individuales o colectivas de información efectiva para los procesos de investigación humanitaria y extrajudicial que adelanta la UBPD.
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