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Prestadores de planes adicionales de salud deben responder por la atención integral, si no verifican la afiliación previa a una EPS (4:35 p.m.)

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06 de Marzo de 2012

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Quien toma cualquier tipo de contrato de medicina prepagada debe estar previamente afiliado al sistema de seguridad social en salud y, en consecuencia, quien presta un servicio del plan adicional de salud debe verificar que su contratista esté afiliado, bien sea como cotizante o beneficiario, indicó el Ministerio de Salud. Si quien promociona esta clase de servicios no verifica la afiliación previa a una EPS, debe responder por la atención integral en salud de la persona que lo requiera sin eximirse, es decir, cubrir todos los servicios que necesite así no estén previstos en el contrato o cubiertos o no por el plan obligatorio de salud, de acuerdo con lo previsto en el Decreto 806 de 1998.

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