Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.


A partir del 1º de junio del 2013, EPS no podrán negar afiliaciones y deberán asegurar la prestación del servicio de salud (11:15 a.m.)

80550

23 de Abril de 2012

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Si bien las entidades promotoras de salud pueden negar la afiliación válidamente, si carecen de los recursos técnicos necesarios para prestar el servicio en la residencia del afiliado o su capacidad de registro está agotada ante la Superintendencia Nacional de Salud, el artículo 22 de la Ley 1438 del 2011 estableció como obligación exigible a partir del 1º de junio del 2013 asegurar la prestación del servicio de salud, a través de la celebración de acuerdos o contratos con instituciones prestadoras de servicios (IPS) u otras EPS. Así lo recordó el Ministerio de Salud, en concepto de febrero.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)