El reglamento de trabajo debe contener sanciones y procedimiento disciplinario aplicable para el trabajador que no se presenta a laborar (9:49 a.m.)
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10 de Agosto de 2010
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El Ministerio de la Protección Social indicó que las faltas del trabajador, sanciones disciplinarias y el procedimiento para aplicarlas deben estar establecidos en el reglamento interno de trabajo. Entre esas faltas debe estar comprendida aquella situación en la que el trabajador no se presenta a laborar. A juicio del ministerio, las sanciones aplicables pueden ir desde suspensión del trabajo hasta la imposición de multas. Además, este evento puede constituir una justa causa de despido, toda vez que se viola de forma grave una prohibición especial del trabajador, que es falta injustificada al lugar de trabajo o sin permiso del empleador.
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