Día de descanso que coincide con la terminación de una incapacidad debe disfrutarse (3:48 p.m.)
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20 de Septiembre de 2012
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Si la finalización de una incapacidad coincide con un día de descanso, este debe ser disfrutado por el trabajador, pues el tiempo de la incapacidad no debe recuperarse, ya que medicamente se ha determinado que el trabajador no puede laborar y requiere ese tiempo para recuperarse de la inhabilidad física o mental que se lo impide. Así lo precisó el Ministerio de Salud, en concepto de junio.
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