Reglamentan trámite de PQRS en la Adres
El derecho de petición será el mecanismo idóneo para realizar dicho trámite.
10 de Julio de 2023
Mediante la Resolución 1874 se reglamentó el trámite y la manera de presentar peticiones, quejas, reclamos, denuncias y solicitudes (PQRS) de acceso a la información que se formulen ante la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad y Social en Salud (Adres).
En este sentido, el derecho de petición será el mecanismo para tramitar las PQRS ante la Adres, ya sea verbal, por escrito o por cualquier medio idóneo. Esta será la herramienta fundamental que tiene toda persona para presentar respetuosamente sus inconformidades o solicitudes en aras de conseguir una solución por parte de la entidad.
Para el trámite de las peticiones se deben tener en cuenta las siguientes modalidades:
i) Derecho de petición de interés general: es la solicitud en la que el asunto de la petición no afecta de manera individual y directa al solicitante, sino intereses colectivos, y se formulan por motivos de conveniencia general.
ii) Derecho de petición de interés particular: solicitud enviada por un ciudadano en busca de una respuesta de fondo a una situación que afecta intereses individuales o le concierne a él mismo. En este hecho es posible individualizar al peticionario.
iii) Petición de documentos: es el requerimiento que hace el ciudadano que incluye la expedición de copias a su costa y el desglose de documentos generados, custodiados o administrados por la Adres.
iv) Quejas: es la manifestación de una persona natural o jurídica en relación el servicio recibido y el actuar de un funcionario público del Adres, que pueda repercutir en una investigación disciplinaria o fiscal.
v) Reclamo: es la manifestación verbal o escrita dirigida a la Adres mediante la cual se pone en conocimiento la suspensión injustificada o la prestación deficiente de un servicio.
Por regla general todas las peticiones se resolverán dentro de los 15 días siguientes a su recepción.
Para ampliar está información lo invitamos a descargar el documento adjunto.
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