Auditor General de la República sí tenía facultad para asignar competencias en la entidad (12:56 p.m.)
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24 de Noviembre de 2017
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La Sección Primera del Consejo de Estado negó la nulidad, pretendida por la excontralora Sandra Morelli, de los artículos 1º, 2º y 3º de la Resolución Orgánica 0008 del 2011, que asignó competencias para adelantar indagaciones preliminares, procesos de responsabilidad fiscal, administrativos sancionatorios y de jurisdicción coactiva en la Auditoría General de la República. Según el alto tribunal, el Auditor General de la República sí tenía facultad para asignar las competencias en la entidad que preside, con fundamento en la atribución conferida por el artículo 17, numeral 14, del Decreto Ley 272 del 2000 que, a su vez, fue expedido en ejercicio de facultades extraordinarias conferidas al Presidente de la República. En el fallo, la corporación precisa que la facultad de delegación de funciones está en consonancia con la autonomía administrativa y jurídica que se predica de dicho órgano de control (C. P. María Elizabeth García).
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