Procuraduría pidió exequibilidad de norma que establece que las víctimas son las declaradas en el marco del conflicto interno (12:22 p.m.)
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02 de Octubre de 2012
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El objeto de la Ley de Víctimas no vulnera el derecho a la igualdad de las víctimas, pues no discrimina a ninguna persona, sino que se limita a fijar el alcance de la ley bajo unos parámetros constitucionales de habilitación, conforme a las posibilidades del Estado. Así lo señaló la Procuraduría General al pedirle a la Corte Constitucional que declare exequible la expresión “ocurridas con ocasión del conflicto armado interno”, contenida en el artículo 3° de la Ley 1448 del 2011, y que había sido demandada porque supuestamente vulnera el aseguramiento de la justicia para con las víctimas y el derecho a la igualdad. El Ministerio Público recordó que la Corte, en reciente pronunciamiento, dijo que es el Congreso de la República quien debe fijar los límites temporales para la aplicación de las medidas de reparación previstas en la ley.
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