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Procuraduría pide no examinar demanda contra reformas al Estatuto Tributario relacionadas con el impuesto al patrimonio (11:00 a.m.)

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09 de Enero de 2013

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La Procuraduría le pidió a la Corte Constitucional que se declare inhibida para conocer de fondo la demanda contra los artículos 292 y 292-1 del Estatuto Tributario, el primero modificado por el artículo 25 de la Ley 1111 del 2006 y el segundo adicionado por el artículo 1° de la Ley 1370 del 2009. El Ministerio Público considera que el accionante basa su examen de inconstitucionalidad en una norma distinta a la demandada, dado que “los artículos 292 y 292-1 del Estatuto Tributario regulan el impuesto al patrimonio para los años gravables 2007 a 2011, mientras que el artículo 90-2 ibídem regula una amnistía o beneficio tributario para el impuesto de renta y complementarios para el año gravable 1995”. Así las cosas, para la Procuraduría, el actor pretende que se extiendan beneficios contemplados en una normativa anterior a una nueva disposición de recaudo de impuestos, por lo que los conceptos de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y del Consejo de Estado respecto a los beneficios reconocidos en el artículo 90-2 del Estatuto Tributario solo pueden aplicarse a la base gravable de 1995, pues las normativas demandadas son posteriores (M. P. Gabriel Eduardo Mendoza).

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