25 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 16 segundos | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Etcétera

Derecho Internacional

Vicky Hernández y la violencia por prejuicio

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Alma Beltrán y Puga

Profesora de la Universidad del Rosario

Miembro de ICON-S Capítulo Colombia

Nadie nace con un género, sostiene Judith Butler, quizás la filósofa contemporánea más importante de nuestros tiempos. Esto significa que, aunque hayamos nacido con ciertas características sexuales, nuestra identidad es un devenir que se construye entre las veredas del deseo, el inconsciente y las normas culturales que nos regulan. La performatividad del género supone que al cuerpo lo atraviesan los discursos sociales y de poder, los cuales moldean cómo nos mostramos ante los demás a través de la ropa, los gestos, el maquillaje, etc. Por eso, el género no es inmutable, siempre se transita, es un acto performativo de la vida cotidiana. En este entendimiento del género como una amplia sombrilla del desarrollo libre de nuestra personalidad, la sexualidad juega un rol importante.

En general, el mundo heterosexual ha construido dos géneros binarios: el femenino y el masculino, considerando la diferencia biológica (genital) con la que las personas nacen como inmutable. Las personas LGBTQI+ transgreden estas cajas binarias y los roles de género atribuidos al sexo con el que nacieron. Por esta razón, frecuentemente experimentan violencia y discriminación. En particular, las personas trans cambian algunas veces su sexo biológico a través de cirugías y transitan hacia nuevas expresiones de su identidad.

¿Por qué estas expresiones de la identidad provocan que una persona experimente violencia y/o discriminación con base en su género? En su más reciente sentencia, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) consideró que se debe a los prejuicios sociales que el colectivo LGBTIQ+ ha sufrido históricamente, particularmente las personas trans. Este fue el caso de Vicky Hernández: una mujer trans que fue asesinada durante el golpe de Estado en Honduras por ser trabajadora sexual y defensora de los derechos de este colectivo. Al analizar cómo el Estado incumplió sus obligaciones de proteger a Vicky de la violencia de las fuerzas armadas, que vigilaban la ciudad de San Pedro Sula la noche en la que ella desapareció, la Corte IDH consideró que se violaron sus derechos a vivir libre de violencia y discriminación, establecidos en la Convención Americana de Derechos Humanos, así como en la Convención Interamericana para Eliminar la Violencia contra la Mujer (Convención Belém do Pará).

Sobre Vicky rondaban muchos prejuicios sociales por tener VIH, ser una mujer trans, dedicada al trabajado sexual, fundadora del colectivo Catrachas (en defensa de las personas trans). Previamente, ya había experimentado violencia y amenazas por parte de la policía, y reportado los hechos a las autoridades. En la noche del toque de queda, Vicky salió a trabajar. Nunca volvió a su casa. La encontraron al día siguiente muerta. Las investigaciones sobre su muerte tuvieron deficiencias significativas. Todavía no hay certeza de quién o quiénes fueron los responsables del crimen.

El caso de Vicky Hernández es tristemente un caso común que refleja la violencia que experimentan las mujeres trans. Además, ha suscitado posturas encontradas en la propia Corte IDH sobre la aplicación de la Convención Belém do Pará en este tipo de casos. La mayoría de jueces de la Corte IDH consideró que la convención es aplicable por la falta de debida diligencia del Estado de investigar y sancionar la violencia, pues Vicky, por su género, era una mujer. Si bien la Corte IDH no acogió el término de “transfeminicidio”, sí consideró que Vicky Hernández sufrió violencia por prejuicio, basada en su género. Este tipo de violencia, según la Corte, “puede ser impulsada por el deseo de castigar a quienes se considera que desafían las normas de género”. Transgredir los estereotipos de género genera un “deseo de corrección” sobre las personas trans que pasa por actos violentos. Una de las manifestaciones de la violencia de género.

Sin embargo, la jueza Elizabeth Odio Benito y otra minoría de jueces de la Corte IDH sostuvieron lo contrario, ya que Vicky no nació biológicamente mujer. Esta postura se funda en el feminismo radical que sostiene que las mujeres estamos sujetas a la dominación sexual masculina, siendo las principales víctimas de la violencia de género. El problema con esta posición es que refuerza las diferencias sexuales biológicas por miedo a que las luchas históricas de las mujeres sean invisibilizadas.

Al nombrar la violencia por prejuicio como violencia de género, la Corte IDH avanza en el reconocimiento de los derechos humanos de las personas trans, que se encuentran marginalizadas socialmente y han sido sujetas de esta violencia. Lo que demuestra que los prejuicios de género no son solo simbólicos, sino que pueden discriminar, e inclusive, matar a personas no binarias. Ya es hora de erradicarlos.

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