25 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 42 minutos | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Etcétera

Al Margen

Turquía, Siria y la trata de personas

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Beatriz Eugenia Luna de Aliaga

Socia de Luna de Aliaga Abogados & Asociados

¡Somos frágiles!, ¡somos fuertes!, y así se refleja, por ejemplo, desde el fuerte terremoto en Turquía y Siria del pasado 6 de febrero. Las distintas noticias informan de la esperanza y la solidaridad en medio del gran dolor; los impactantes testimonios de las personas rescatadas; la valentía de rescatistas y personas civiles; los cuestionamientos para ciertos constructores y empresas de construcción –incluyendo órdenes de captura–; las dificultades para las labores de rescate, debido a las deficiencias en el suministro de equipos, entre otros; las advertencias de saqueos; las amenazas para algunos equipos de rescatistas y las críticas porque en ciertas zonas se ordenó finalizar las labores de búsqueda, etc.

Sin duda alguna, los gobiernos de Turquía y Siria necesitarán fortalecer el abordaje del terremoto, para que sea integral, cubriendo no solo la atención humanitaria, sino las medidas en el corto, mediano y largo plazo, para proteger los derechos de todas las personas, abarcando cuestiones de orden interno y el trabajo articulado con la cooperación internacional.

Algunos de los asuntos que se deben contemplar son las opciones de soluciones de viviendas; el suministro de alimentación; el apoyo médico y sicológico, no solo para las personas y familias que sobrevivieron, sino también para los equipos de rescatistas, bomberos y similares; el restablecimiento paulatino de la educación –iniciando con la educación en emergencias–, y el correcto apoyo para los procesos de identificación de lazos familiares de las personas sobrevivientes, especialmente bebés, niños y adolescentes y de las personas fallecidas.

Un aspecto que es forzoso tener en cuenta es el riesgo de la trata de personas y otras formas de explotación de seres humanos, con la correspondiente toma de medidas efectivas para su prevención. La trata de seres humanos, definida en el Protocolo de Palermo, literal a) del artículo 3º, es una grave vulneración de derechos humanos y un delito, por medio de la cual se busca explotar a otro ser humano, captándolo, transportándolo, trasladándolo, acogiéndolo o recibiéndolo.

Las finalidades de explotación en la trata de personas son diversas y complejas, pues pueden corresponder a servidumbre, explotación sexual, uniones serviles, esclavitud, venta de bebés, extracción de órganos, adopciones irregulares y otras. Esta se produce y desarrolla en diversos entornos de vulnerabilidad económica, social, política, jurídica, geográfica, etc., dentro de los cuales están aquellos ocasionados y/o agudizados por el terremoto.

Hago el llamado para que las autoridades, los organismos y, en general, la sociedad, tengamos en cuenta el peligro de la trata de personas y contribuyamos con medidas viables, efectivas y oportunas para proteger a todas las personas en Turquía y Siria: niños, niñas, adolescentes, hombres, mujeres y, en especial, a las personas huérfanas. Para el establecimiento de esas medidas, se deben tener presentes los instrumentos jurídicos existentes o nuevos y el apoyo de todos los sectores.

Porque somos frágiles, protejámonos mutuamente como humanidad para ser fuertes.

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