Derecho Internacional
Informalidad laboral como regla en el contexto global
Johanna del Pilar Cortés Nieto
Profesora de carrera de la Universidad del Rosario
Miembro del Capítulo Colombia de ICON
Un informe del 2018 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) mostró que, para ese año, el 61,2 % de los ocupados a nivel mundial eran trabajadores informales. Estos representaban el 69,6 % de los ocupados en los países de economías en desarrollo. En América Latina, se calculaba que la cifra de informalidad era cercana al 50 %, mientras que, en África, era del 85,8 %; en Asía y el Pacífico del 68,2 % y, en los estados árabes, del 68,6 %[1]. Para la OIT, estas cifras se incrementarían de forma importante como consecuencia del covid-19[2].
El último Boletín Técnico de la Gran Encuesta Integrada de Hogares del Dane muestra tendencias similares en el país. Para el Dane, el porcentaje de ocupados informales en las 23 principales ciudades del país fue del 49,2 % en el trimestre noviembre del 2020-enero del 2021. La cifra aumentó 1,5 puntos porcentuales respecto del mismo trimestre del año anterior. La informalidad había disminuido levemente desde el 2015, pasando del 49,3 %, en enero del 2015, al 47,7 % en enero del 2020, pero nuevamente incrementó tras el inicio de la pandemia[3]. Otros estudios, como el del colectivo Rupturas21[4], hablan de niveles de informalidad que superan el 62 %. Las estadísticas muestran que la informalidad en los países de renta media y baja constituye la regla y no la excepción. Esta tendencia se exacerbó con la pandemia.
Las políticas de promoción del trabajo en los países en desarrollo se han centrado en la creación de empleos formales a través de incentivos a la apertura de nuevas plazas, apoyos al emprendimiento y el fortalecimiento de la empleabilidad, especialmente de poblaciones vulnerables, entre otras medidas. Estas políticas parten de la premisa de que la promoción del trabajo formal, definido principalmente en términos de existencia de una relación de trabajo con garantías de salario y seguridad social, es la forma de promover el trabajo decente de conformidad con las obligaciones internacionales de los países, como las consignadas en la Recomendación 204 de 2015 de la OIT.
Se trata de una estrategia legítima, pues, a la luz de la mayoría de las legislaciones, las relaciones formales de trabajo, dependientes o independientes, son la puerta de ingreso a varias de las garantías del trabajo decente. No obstante, en vista de la persistencia y magnitud de la informalidad y los efectos de la pandemia en la economía, es preciso preguntarnos si la formalización debe seguir siendo la aproximación central a los problemas de desempleo, carencia de ingresos y déficit de protección social.
De tiempo atrás, se viene cuestionando el binomio formalidad–informalidad por la asociación que se hace entre informalidad e ilegalidad y los estigmas y déficits de protección que de allí derivan. También se cuestiona la utilidad del binomio en vista de las múltiples relaciones que existen entre formalidad e informalidad y que impiden trazar fronteras claras. El ingreso a la protección social a través de la focalización en la extrema pobreza y la formalidad laboral también se ha problematizado en tanto ha probado ser insuficiente para cobijar a todos los grupos vulnerables. Estas puertas de ingreso dejan desamparadas poblaciones con algún nivel de ingreso, pero sometidas a condiciones precarias –pobres invisibles o el medio perdido según la literatura académica–, como muchos trabajadores informales. Estudios recientes también han evidenciado efectos adversos de las políticas de formalización respecto de poblaciones como las mujeres, cuando no tienen en cuenta las desventajas estructurales que impiden su vinculación al empleo formal[5].
El reto para la política social y de empleo a nivel global consiste en formular estrategias que respondan a la informalidad como regla y no como excepción. Además de fortalecer procesos dirigidos a entender la informalidad y su relación con otras desigualdades, el debate debe continuar sobre cómo extender la seguridad social al trabajo informal de bajos ingresos. Por ejemplo, en Uruguay, se adoptó un esquema tributario simplificado que incluye contribuciones para seguridad social y que ha facilitado extender la protección social a estos trabajadores.
Otras propuestas por considerar son la renta básica universal o, al menos, un ingreso complementario para trabajadores informales de ingresos bajos. En este sentido, se destaca la figura del salario social complementario adoptada en Argentina para brindar apoyo económico complementario a los trabajadores de la economía popular. El reconocimiento de los informales como trabajadores debe conllevar su inclusión en el diálogo social laboral. La provisión de servicios de cuidado debe entenderse como medio para facilitar el acceso de las mujeres a trabajos con protección, en vista de la persistencia de la feminización del trabajo de cuidado.
Finalmente, debemos examinar cómo apoyar y fortalecer los emprendimientos populares, teniendo en cuenta que son una de las principales fuentes de trabajo a nivel global. Estas y otras propuestas similares son cruciales para la protección de los trabajadores y la reactivación en tiempos de pandemia.
[1] OIT, Mujeres y hombres en la economía informal: un panorama estadístico. Ginebra, 2018.
[2] OIT, La crisis de covid-19 y la economía informal. Respuestas inmediatas y desafíos de política. Ginebra, 2020.
[3] Dane, Boletín técnico gran encuesta integrada de hogares. Nov. 2020-ene. 2021. Medición de empleo informal y seguridad social, Bogotá, 2021.
[4] Rupturas21, Una nueva política social. La informalidad como norma y la formalidad como excepción, Bogotá, 2020.
[5] Jayati Ghosh, ed., Informal Women Workers in the Global South, Oxon & New York: Routledge, 2021.
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