26 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 20 minutos | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Etcétera

Derecho Internacional

La injusticia extrema y la aplicación de la fórmula de Radbruch

131574

Cristhian Alexander Pereira Otero

Profesor Universidad de Nariño

Miembro ICON-S Colombia

 

La injusticia extrema no es derecho. Esta afirmación es planteada por el filósofo alemán Gustav Radbruch en su conocida fórmula, la cual ha sido invocada en importantes sentencias de diferentes cortes o tribunales del mundo cuando se trata de amparar derechos humanos. A su vez, esto ha permitido materializar los postulados de justicia por encima de normas arbitrarias de contenido legal. 

 

El ensayo más famoso de Radbruch, escrito en la segunda posguerra, es, sin duda, Arbitrariedad legal, derecho supralegal, en el que establece la obligación de aplicar siempre el derecho positivo, salvo que sea extremadamente injusto y desnaturalice al propio derecho.

 

La fórmula de Radbruch está compuesta de dos reglas: la intolerancia y la negación. Según el profesor Robert Alexy[1], la primera está vinculada al grado de injustica de la ley, mientras que la segunda se relaciona con las intenciones del legislador al momento de negar la mera pretensión de justicia o corrección, que unidas se concretan en la siguiente expresión: la injusticia extrema no es derecho. La regla de la intolerancia habilita al juez para hacer prevalecer la justicia por encima de la seguridad jurídica, cuando la norma que le corresponde aplicar es arbitraria o monstruosamente injusta. La regla de la negación se presenta cuando las leyes conscientemente niegan la voluntad de justicia al otorgar o negar derechos humanos a personas de modo arbitrario. Por su parte, la regla de intolerancia ha sido la más utilizada por tribunales y altas cortes de Alemania, Argentina y Colombia.

 

El Tribunal Constitucional del país germano en 1968 negó la validez de disposiciones jurídicas de la época nacionalsocialista cuando entraban claramente en conflicto con principios fundamentales de justicia. De la misma manera, los guardianes fronterizos de la extinta Alemania oriental, quienes tenían la justificación legal de acabar con la vida de las personas que intentaran cruzar el muro de Berlín, fueron condenados penalmente. Esto, toda vez que el tribunal consideró que el derecho nacional interno cede ante la fuerza vinculante de los postulados de justicia y del núcleo esencial de los derechos humanos.

 

En Argentina, a través de la sentencia 1767 del 14 de junio del 2005, la Corte Suprema de ese país declaró la inconstitucionalidad de las leyes de amnistía 23.492 de 1986 (punto final) y 23.521 de 1987 (obediencia debida), relacionadas con la prescripción de la acción penal para los delitos de lesa humanidad cometidos durante la dictadura militar entre 1976 y 1983. La Corte encontró varios artículos de estas leyes contrarios a la Constitución y a los tratados internacionales de derechos humanos. En este caso, el alto tribunal desarrolló la fórmula de Radbruch al adoptar el concepto no positivista del Derecho, conforme al cual los delitos allí cometidos son violatorios de bienes jurídicos de la humanidad y, por tanto, su análisis va más allá de la simple validez de la ley “cuando supera el umbral de la injustica extrema”[2].

 

Para el caso colombiano, la sentencia del 26 de marzo del 2009, de la Sección Tercera del Consejo de Estado (Exp. 17994), analizó la responsabilidad extracontractual del Estado por la desaparición de tres campesinos en el departamento del Meta. En esta providencia  estableció que el principio de reparación integral está por encima de los principios de jurisdicción rogada y de congruencia en el derecho procesal (CPC, art. 305)[3], pues, en relación con graves violaciones de derechos humanos, el ordenamiento jurídico interno debe ceder frente al internacional. Además, le corresponde al juez utilizar la formula de Radbruch  cuando identifique la existencia de un derecho injusto que enerve la reparación integral al daño derivado de una violación a los derechos humanos[4] y, así, obtener el efectivo resarcimiento de sus perjuicios. 

 

La fórmula de Radbruch ha pasado de ser un tema propio de las reflexiones en la filosofía del Derecho para llegar como herramienta poderosa de uso judicial en la materialización de los derechos humanos y la justicia, que encuentra el escenario ideal para su desarrollo en las instituciones de la excepción de inconstitucionalidad y el control de convencionalidad.  

 

[1] Robert Alexy, Una defensa de la fórmula de Radbruch, https://core.ac.uk/download/pdf/61893894.pdf

[2] Juan Antonio Barrero Berardinelli, Jurisprudencia constitucional, tercera edición, Legis, Bogotá, 2018, pág. 357.

[3] La sentencia deberá estar en consonancia con los hechos y las pretensiones aducidos en la demanda y en las demás oportunidades que este código contempla, y con las excepciones que aparezcan probadas y hubieren sido alegadas si así lo exige la ley.

4 C. E., Secc. Tercera, Exp.17994, mar. 26/09. “No podrá condenarse al demandado por cantidad superior o por objeto distinto del pretendido en la demanda, ni por causa diferente a la invocada en ésta…”.

 

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)