19 de Diciembre de 2024 /
Actualizado hace 10 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

El ocaso de la Fiscalía General de la Nación

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John Zuluaga

LL. M y Doctor en Derecho de la Georg-August-Universität Göttingen (Alemania)

Profesor asociado de la Universidad Sergio Arboleda

www.john-zuluaga.de 

 

El periodo del último Fiscal General de la Nación (agosto 1º/16 al 15 de mayo/19) deja considerables sinsabores respecto a la gestión de la entidad. Al cierre de los tres años de desempeño pesaron por su ausencia los procesos de revisión y corrección de múltiples patologías en el horizonte de intervenciones de la Fiscalía General de la Nación (FGN). Al contrario, volvieron a destacarse los escándalos y tensiones políticas, por lo que pareciese que la evolución de la entidad se hubiera atascado en el tiempo y que todo está por hacer.

 

Después del turbio cierre del antecesor Fiscal General, en el primer semestre de 2016, surgieron múltiples expectativas respecto a la necesaria reconducción de la FGN. De eso dio cuenta un importante manifiesto suscrito por múltiples profesores de derecho penal. En su momento, ilusionaba la posibilidad de un reacomodo institucional y operacional, pero la transformación de la FGN parece haber estado dirigida al desmonte de los límites que le impone la Constitución de 1991.

 

Como en su momento lo advertimos en el manifiesto, por un lado, en la lógica de persecuciones sin verdaderos procesos penales, pareciese que lo que ha importado es la entronización de los acuerdos, negociaciones y terminaciones vía principio de oportunidad. El progresivo esfuerzo para evitar el proceso penal es manifiesto en la desviación hacia intensas reacciones mediáticas, arbitradas, en muchos casos, por intereses extrapenales. El asunto es más dramático a propósito de la arraigada normalidad que ha alcanzado la detención preventiva y, de la mano de ello, la suspensión de aspiraciones genuinamente acusatorias en la solución del conflicto punitivo.

 

Por otro lado, ante el proceso de minimización de las cargas investigativa y acusadora en el proceso penal, resulta paradójico el alarmante ensanchamiento burocrático de la FGN. Por supuesto, un crecimiento desentendido de las necesidades inmediatas del sistema acusatorio y que privilegia la provisionalidad de los cargos por encima de una verdadera carrera fiscal. La burocratización de la FGN es sintomática de muchas sensibilidades político-criminales y procesales penales. Negados a la instauración de concursos meritocráticos, los poderes políticos se instalan en el cuerpo de la FGN y, a través de la misma, se sitúan como poderes vigilantes y preventivos. Así es que se pone la FGN al servicio de las condiciones de vigencia de aquellos intereses, no estrictamente institucionales.

 

Tal como se va estructurando la FGN se visibilizan otras patologías que explican, también, el resurgimiento de cláusulas prebeccarianas de persecución penal. En un contexto en el que el poder punitivo se ha concentrado en la persecución del tráfico, fabricación o porte de estupefacientes y, junto a ello, el hurto y la violencia intrafamiliar, se sigue el empoderamiento del peligrosismo y el arraigo del prejuicio como estímulos de la reacción penal. Es en ese escenario como de órgano de investigación y acusación se pasa a ser titular de medidas cautelares para la defensa social.

 

El desenlace procesal es igualmente dramático. Las solicitudes más discutidas en audiencia de control de garantías son las relativas a la legalización de captura, formulación de imputación e imposición de medida de aseguramiento. En otras palabras, los cursos procesales están altamente concentrados en la restricción de la libertad con fines preventivos y, en esa medida, los raciocinios de cada uno de las partes e intervinientes en el proceso. Ello explica el desplazamiento que viene sufriendo la función de control de garantías por esquemas de justificación a la afectación de derechos fundamentales que relajan el papel protector que se corporiza en el juez de las garantías.

 

Si se aspira a una verdadera modernización de la FGN, ello debería pasar por replantearse las lógicas de la burocracia en la entidad. Además, deberían tomarse en serio las múltiples garantías que informan los límites de actuación del ente acusador. De nada sirve la sucesión de fiscales generales, si no cambia la mercantilización de la persecución penal al servicio de intereses ajenos al debido proceso.

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