24 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 1 día | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

“Dilatores”

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Alejandro F. Sánchez C.

Abogado penalista. Doctor en Derecho

Twitter: @alfesac

Los defensores somos parte fundamental del sistema de justicia. En EE UU, el defensor, sin ser empleado, es oficial de la Corte y tiene el mismo rango que el fiscal. Su labor, por tanto, debe dignificar la justicia más allá de la relación profesional con su cliente y de los honorarios que ello proporcione. Le corresponde colaborar para lograr una pronta y cumplida justicia.

Nada de eso se cumple cuando los defensores acuden a estrategias dilatorias. Defensor es el que defiende, no el que elude el litigio. Diferente es que cuente con tiempo prudencial de preparación, pero cumplido ello y descartadas las opciones de negociar o de buscar un principio de oportunidad, se espera de él que esté dispuesto y listo para la batalla franca.

Existe una tendencia defensiva que se concentra en la libertad del cliente. Y ello, en sí mismo, no es malo, sobre todo en un sistema que parece privilegiar la restricción de esa preciada garantía, contrario al postulado teórico que promulga la libertad como regla general. Lo impresentable es que, con ese propósito, se acuda a una serie de maniobras dilatorias.

Quienes así proceden conocen que el sistema está colapsado. Saben que un aplazamiento, así sea justificado, trastoca la agenda del despacho. Así que no importa que el tiempo inicial perdido sea asumido por el defensor, porque luego el plazo que viene al reajustar la agenda va de cuenta del Estado. El asunto se complica cuando el caso tiene varios defensores y se conciertan para turnarse las solicitudes de aplazamiento –el carrusel dilatorio–. 

También están las observaciones de último minuto al descubrimiento probatorio: discos o memorias que no abren, archivos inaudibles o con fallas de reproducción, PDF incompletos y un largo etcétera, que obligan al juez a conceder plazo adicional para que la fiscalía complemente o aclare. El problema no es que el defensor exija un descubrimiento integral y fidedigno, sino solicitarlo de sorpresa para forzar la ampliación del término. Es cierto –y hay que decirlo– que en muchas ocasiones la fiscalía crea la oportunidad cuando hace descubrimientos desordenados, sin metodología, que implican tiempos adicionales para la defensa.

En la baraja de maniobras dilatorias está el cambio repentino de defensa, que obliga al juez a conceder tiempo de preparación al nuevo defensor; en ocasiones esos cambios son auspiciados, tras bambalinas, por el mismo director de orquesta. O la aceptación de casos por defensores que ya han asumido tantos que, materialmente, no tienen espacio, obligando a la justicia a reajustar su programación para que el abogado pueda concederle algo de tiempo de su apretada agenda.

También cuenta la proposición de nulidades infundadas en la audiencia de acusación o en otras fases, con la esperanza de que los jueces las tramiten. Los jueces de conocimiento pueden descuidar que, paralelo al trámite ordinario del caso, corre el asunto de la libertad. A veces no toman la debida precaución de aclarar qué solicitudes de la defensa, luego de resueltas, se aprecian infundadas o desproporcionadas, o qué efecto ello tiene respecto a la libertad.

La gama de estrategias es amplia y, por ello, con razón, cada vez se acude más a un criterio sistemático para analizar si en lugar de verdaderos actos de defensa técnica lo que existe es una estrategia de dilación. El defensor o los defensores que, de manera constante, acuden a recursos que, vistos aisladamente, se aprecian válidos, pero que, analizados en conjunto, exponen una estrategia dilatoria, cargan con el tiempo que ello retarde el proceso.

Lo anterior no contradice el derecho que les asiste a los defensores de ejercer con garantías su función o contar con plazo razonable de preparación, porque también se puede dar el caso de jueces y fiscales que pretenden someterlos a una aplanadora y reducir al mínimo su espacio de reacción. Tampoco lo dicho se opone a sus justos reclamos por tener espacio de descanso, capacitación, ir a citas médicas o atender eventos de carácter familiar. El Consejo Superior de la Judicatura, con toda su colosal infraestructura técnica y burocrática, está en mora de habilitar un aplicativo para que oportunamente los defensores programen sus situaciones laborales.

Nada de ello se opone a reconocer que existen “dilatores” que, contrario a engrandecer el papel de la defensa como componente vital del sistema de justicia, la democracia y la libertad, terminan por mancillar la sagrada labor del defensor.

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