12 de Febrero de 2025 /
Actualizado hace 3 hours | ISSN: 2805-6396

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Opinión / Columnista Online

La nueva directriz del Departamento de Justicia de EE UU y sus implicaciones para la banca colombiana

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Andrés F. Sintura S.
Socio de Sintura & Abogados Asociados SAS

Hace tan solo dos días, la nueva Attorney General (Fiscal General) de Estados Unidos, Pam Bondi, emitió una directriz histórica destinada a erradicar a los carteles y organizaciones criminales trasnacionales. Dentro de las nuevas políticas trazadas por Bondi, llama la atención el enfoque en el uso de herramientas legales como la FCPA (Foreign Corrupt Practices Act) y las leyes antilavado de dinero (AML) exclusivamente para la persecución de las organizaciones y carteles y no de otros asuntos. Este cambio de enfoque, además de un creciente énfasis en la lucha contra el narcotráfico en América Latina y, especialmente, la creciente tensión entre la administración Trump y el gobierno colombiano tiene importantes implicaciones para nuestra banca.

Según el documento oficial emitido por el Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ), la nueva estrategia promete intensificar las investigaciones y acciones contra organizaciones criminales transnacionales, con especial atención a la intersección entre estos grupos y las compañías en otras jurisdicciones. En este contexto, las autoridades estadounidenses están tomando medidas más agresivas para desmantelar redes de crimen organizado a través de un monitoreo más exhaustivo de las finanzas internacionales, lo que incluye la investigación de las relaciones bancarias transnacionales.

En este contexto es imposible no recordar una facultad prevista por la ley AML de 2021 (Anti- Money Laundering Act of 2020) que cayó en el olvidó ante la oposición que generó a nivel mundial. Nos referimos a la posibilidad de emitir citatorios o requerimientos de registros bancarios extranjeros y, si aplica, la terminación de una relación de corresponsalía. En uso de esa prerrogativa, el Secretario del Tesoro o el Fiscal General de EE UU tiene la facultad de solicitar información detallada a los bancos extranjeros corresponsales sobre cualquier cuenta bancaria relacionada con investigaciones criminales, acciones de decomiso de activos o violaciones al Bank Secrecy Act (BSA), incluso si la cuenta no está directamente vinculada con una entidad estadounidense. Esto extiende su alcance mucho más allá de la simple solicitud de información sobre cuentas de corresponsalía, como se hacía anteriormente.

En la práctica, las autoridades de EE UU podrán acceder a una gama mucho más amplia de información bancaria, incluyendo extractos y detalles de apertura de cuentas, sin notificar al titular de la cuenta, aun si la persona no tiene ningún tipo de relación corresponsal con EE UU. Las consecuencias para los bancos extranjeros que no colaboren podrían ser severas, pues incluyen sanciones económicas por cada día de retraso en la respuesta y la posibilidad de que EE UU ordene al banco norteamericano la cancelación de la relación de corresponsalía con el banco involucrado.

Teniendo en cuenta la última directriz de la Fiscal General, las tensiones entre los gobiernos de EE UU y Colombia y las rígidas posturas del presidente Trump, la facultad descrita representa un enorme reto para los bancos colombianos. Es claro que deben estar preparados para recibir solicitudes de información sobre individuos y entidades involucradas en actividades criminales transnacionales o, incluso, sobre personas relacionadas con ellas, según lo estime el DOJ, pero también deberán manejar el debido cumplimiento de nuestras leyes nacionales en aspectos clave como la protección de datos y el secreto bancario.

A nivel práctico, los bancos colombianos deberán prestar especial atención a varios aspectos: en primer lugar, asegurarse de que sus controles internos y sistemas de monitoreo sean adecuados para enfrentar las solicitudes; en segundo lugar, deberán establecer políticas para la atención de estos requerimientos, pues, seguramente, estos entrarán en conflicto con leyes nacionales. Además, deben estar preparados para gestionar posibles tensiones con los bancos corresponsales extranjeros, quienes también se verán obligados a cumplir con las exigencias de EE UU en este nuevo contexto de mayor cooperación en la lucha contra el lavado de activos y la corrupción en Latinoamérica.

En cuanto a la respuesta a una subpoena existen estrategias legales disponibles para los bancos, tales como el motion to quash (moción para anular) o el motion to modify subpoena (moción para modificar la orden) que deberán elevarse ante jueces estadounidenses, lo que no resuelve las tensiones con nuestras leyes locales. Sin embargo, es crucial que estos procesos se manejen con cautela y rapidez, dado que las sanciones a imponer por EE UU pueden ser severas si no se cumplen los plazos establecidos.

La nueva directriz del Departamento de Justicia, junto con la legislación AML, representa un desafío para la banca colombiana. No solo deben mantenerse al día con las regulaciones internacionales, sino que deben ser proactivos en la gestión de su exposición ante EE UU, y tomar las medidas necesarias para proteger su relación con las entidades bancarias estadounidenses, así como protegerse de cumplir con las leyes nacionales. Sin duda, este es un tema de vital importancia que requiere de una atención urgente por parte del sector financiero colombiano. 

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