Corte Constitucional, no más dilaciones
Cristina Rosero
Abogada y Magíster en Derechos Humanos.
Asesora Legal del Centro de Derechos Reproductivos para América Latina y el Caribe.
Una trascendental decisión de la Corte Constitucional que pudo transformar la vida de las mujeres debió tomarse el pasado 19 de noviembre, pero quedó en espera por un impedimento presentado por el magistrado Alejandro Linares. Se trata de un tema urgente, la decisión de la demanda que interpuso el movimiento Causa Justa y que busca que se declare inconstitucional el delito de aborto.
La decisión de este impedimento puede tener importantes consecuencias. Por una parte, si la Corte Constitucional llegase a apartarlo de la decisión de fondo puede abrir la puerta a una interpretación irrazonablemente amplia de la causal de “haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada”, y cambiaría así la que hasta el momento ha desarrollado el tribunal. Por otra parte, una decisión en ese sentido también implicaría una demora excesiva en el fallo de fondo del caso, que de por sí ya ha tenido muchas dilaciones, en detrimento de los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres en el país.
El impedimento fue formulado por el magistrado Linares por, supuestamente, haber comprometido su imparcialidad al haber mencionado el tema de aborto en una entrevista a un medio de comunicación. Aunque estas declaraciones fueron interpretadas por algunos como un concepto previo sobre su posición frente a la decisión, en realidad no se cumplen los presupuestos para declarar que esté impedido.
Varias decisiones previas de la Corte Constitucional que analizan la mencionada causal, como la Sentencia T-800 del 2006 y los autos 069 del 2003 y 340 del 2014, muestran que esta solo se configura cuando la declaración es directa, concreta y específica. También que debe mostrar con claridad una manifestación clara sobre la constitucionalidad de la disposición acusada.
Ninguna de estas condiciones se presenta en este caso, dado que el magistrado Linares habló del aborto a modo de ejemplo, sin hacer alusión concreta a qué proceso se refería (en la actualidad existen dos procesos sobre el tema ante la Corte). Adicionalmente, de esas declaraciones no es posible anticipar con claridad el juicio de constitucionalidad del magistrado. Aunque durante la entrevista mencionó la expresión “despenalización del aborto”, ello no evidencia que haya anticipado una posición al respecto, dado que esa expresión permite múltiples interpretaciones posibles, por ejemplo: mantener las tres causales despenalizadas, optar por una despenalización parcial más amplia o eliminar el delito de aborto del Código Penal bajo distintas condiciones.
A pesar de que la causal no está configurada, la decisión de este impedimento ha tomado varias semanas. Si bien salvaguardar la imparcialidad de los jueces es un fin deseable, un exceso de formalismos y el desconocimiento del alcance de las causales de impedimento podría llevarnos a una decisión injusta: que el magistrado Linares no pueda participar del debate de fondo de este caso.
A su vez, esto nos lleva a una segunda consecuencia grave, la dilación de la decisión de la demanda de Causa Justa. Han pasado 450 días desde la presentación de la acción sin que haya sido estudiada de fondo. 450 días en los que más de 450.000 mujeres podrían haber acudido a procedimientos inseguros y, aproximadamente, 493 podrían estar siendo criminalizadas por tomar una decisión sobre su proyecto de vida, incluso estando dentro de las causales despenalizadas.
Las mujeres y niñas más vulnerables siguen siendo las más impactadas. Como el movimiento Causa Justa ha afirmado, cada día que pasa sin eliminar el delito de aborto es una condena para las mujeres y las niñas.
Siguiendo su propio criterio, la Corte Constitucional debería desestimar este impedimento y, más importante aún, decidir urgentemente esta demanda. Los derechos de las niñas y mujeres no dan espera. Corte, no más dilaciones.
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