11 de Febrero de 2025 /
Actualizado hace 17 minutes | ISSN: 2805-6396

Openx ID [25](728x110)

1/ 5

Noticias gratuitas restantes. Suscríbete y consulta actualidad jurídica al instante.

Opinión / Columnista Online

Entendiendo el Derecho Procesal Constitucional: más que acciones, un enfoque integral

223706

Ana Giacomette Ferrer
Presidenta del 
Centro Colombiano de Derecho Procesal Constitucional

En el vasto universo del Derecho, cada disciplina tiene su propia voz, un lenguaje que refleja su esencia y propósito. El Derecho Procesal Constitucional (DPC) no es la excepción: su “tono” técnico, argumentativo y especializado no se limita a las acciones constitucionales, también denominados mecanismos de protección constitucional, como muchos, equívocamente, podrían creer. Por el contrario, abarca un enfoque más amplio e integral que conecta el Derecho Procesal con la Constitución, los derechos humanos, la justicia transicional e incluso la justicia penal internacional, entre otros.

Es cierto que, en Colombia, el DPC es una disciplina relativamente nueva, pero es sorprendente y, también preocupante, su gran dispersión en varios cuerpos normativos. Es innegable la proliferación  de reformas legales de los distintos instrumentos procesales que le dan efectividad a la normativa constitucional; aunado a  la dimensión que han alcanzado los distintos tipos de magistratura constitucional, motivan una  interpretación dinámica de las cartas fundamentales y, por supuesto, la dedicación y esfuerzo realizado tanto por procesalistas como por constitucionalistas en establecer los cimientos científicos de esta disciplina jurídica; nos referimos entonces al procesalismo científico: derecho procesal constitucional.

Por ello, para algunos estudiosos de esta ciencia, parecería conveniente una codificación especial, como se ha sugerido, con mucha frecuencia, pese a los riesgos que implica; sostienen que la codificación del DPC proporcionaría una base clara y segura para los jueces, abogados y ciudadanos, evitando la incertidumbre y la confusión; en el otro extremo, y aquí me anclo, la réplica consiste en que la codificación podría llevar a una rigidez e inflexibilidad en la aplicación del DPC, lo que podría obstaculizar la adaptación a nuevas situaciones y la evolución del Derecho.

Pero el éxito o fracaso de un Código de Procedimiento Constitucional dependerá, en últimas, de los operadores jurídicos encargados de su aplicación, tal y como sucede con cualquier código; la credibilidad y seguridad de una formalización del Derecho Procesal Constitucional a través de una codificación pueden llegar a ser relativas, sobre todo en sociedades tan complejas como la colombiana. “El Derecho no construye realidades”, le escuché alguna vez a una brillante profesora; yo agregaría que es la realidad la que crea el Derecho. Lo creamos también los seres humanos que lo ejercemos, tanto en calidad de abogados, como de jueces constitucionales.

¿Por qué es importante hablar este lenguaje especializado? Porque en una sociedad donde las tensiones entre las ramas del Poder Público, los derechos ciudadanos y la justicia global son constantes, el DPC se convierte en un puente imprescindible. Esta disciplina no solo define cómo se protege la supremacía constitucional y los derechos fundamentales, sino también cómo se construyen caminos para la reconciliación, la justicia y el respeto por las garantías esenciales.

Empeñados en el  logro de estos propósitos, desde el año 2013 algunos especialistas de esta disciplina nos propusimos acercar al abogado y estudiosos del Derecho, a la ciencia del DPC, pretendiendo guiarlo hacia una comprensión más profunda de la Constitución y su aplicación práctica en la resolución de conflictos jurídicos; desde esa fecha, con la participación de las voces de connotados(as) expertos(as) a nivel iberoamericano, se publicó el Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional, convirtiéndose en una herramienta de consulta útil tanto para personas expertas en la materia como para docentes y estudiantes que pretendan adentrarse en su estudio.

Países como Alemania, España, México, Argentina, Brasil, Perú, solo por mencionar algunos, son los referentes históricos más próximos del impulso y desarrollo de la ciencia en mención; Colombia no ha sido ajena a la expansión que está experimentando el DPC, en el presente siglo XXI, particularmente con el Estado social y democrático de derecho que impera con la Carta Política de 1991, que consolidó un nuevo enlace de magistratura constitucional con la creación de la Corte Constitucional; entonces dado el nuevo modelo jurídico del Estado Constitucional de Derecho y su impacto en la práctica cotidiana del mismo, los nuevos procesos constitucionales incorporados en la Constitución de 1991 constituyen nuevos escenarios de litigio constitucional.

Esta columna busca aportar al debate jurídico desde una perspectiva reflexiva y técnica. Será un punto de encuentro para analizar los logros, desafíos y obstáculos actuales y polémicos que enfrenta la disciplina, abriendo el camino para futuras secciones que profundicen en los múltiples matices de este enfoque procesal y constitucional.

La discusión hasta ahora comienza. En mi próxima columna, exploraremos un tema fundamental que impacta nuestra sociedad; desde ya les invito a sumergirse en el análisis y la discusión.

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias y documentos sin límites.  

Paute en Ámbito Jurídico.

Siga nuestro canal en WhatsApp.

Opina, Comenta

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)