El Procurador representa los intereses de la sociedad
Kenneth Burbano Villamarín
Decano de la Facultad de Derecho
Universidad Libre de Bogotá
La Constitución de 1991 establece que el Procurador General de la Nación es el supremo director del Ministerio Público. La Asamblea Nacional Constituyente no solo le dio el carácter de órgano de control, sino que conservó la desvinculación funcional del Procurador con el Ejecutivo. Preceptúa la Carta que e este funcionario será elegido por el Senado para un periodo de cuatro años, de terna integrada por candidatos del Presidente de la República, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado. Con la participación de las tres ramas del poder público en este proceso de elección la Constituyente seguramente quiso exaltar la importancia y dignidad del cargo, fortalecer el principio de división de poderes y la colaboración armónica de las ramas y órganos del poder público.
En Colombia se realizó la elección del nuevo Procurador General para el periodo 2025-2029. Fue elegido el abogado Gregorio Eljach Pacheco, ternado por el presidente Gustavo Petro. Con el cumplimiento de los requisitos mínimos exigidos para ocupar el cargo fue suficiente. La estrategia política de la Corte Suprema, del Consejo de Estado y del Presidente de la República estaba dirigida a que la persona ternada ganara la elección en el Senado. Las convocatorias abiertas de las mencionadas corporaciones de justicia, así como la invitación que hizo el Presidente para integrar el listado de aspirantes a partir del cual seleccionaría su candidato a la terna pasaron a un segundo plano; el perfil requerido que se necesitaba era el de un experto político, curtido en el tejemaneje del Congreso, con la capacidad de hacer acuerdos para conseguir los votos de las mayorías y salir victorioso; así quedó demostrado con el perfil de los ternados Gregorio Eljach, German Barón y Luis Felipe Henao.
Hoy la atención del país y de los medios de comunicación está puesta en el desempeño que tendrá el nuevo Procurador General frente a las importantes y específicas funciones que tiene el Ministerio Público, pues le corresponde la guarda y promoción de los derechos humanos, la protección del interés público y la vigilancia de la conducta oficial de quienes desempeñan funciones públicas; dado que se trata de un organismo de control una de las características esenciales que debe tener el Procurador General es la independencia. Justamente aquí está la preocupación, ya que el abogado Eljach se ha desempeñado por doce años como Secretario General del Senado manteniendo amistad con los congresistas a quienes probablemente tendrá que investigar disciplinariamente, y además fue el escogido por el actual mandatario de los colombianos; sin embargo, es claro que los impedimentos los señala la ley.
Otras miradas apuntan a que la elección del abogado Eljach, quien obtuvo 95 votos en el Senado, es una muestra de que los acuerdos son posibles, aunque haya diferencias ideológicas o políticas; también se augura como el principio del anhelado acuerdo nacional que permita avanzar en las grandes reformas que necesita el país y superar la polarización política. En sus primeras declaraciones el electo Procurador señaló que va a “emprender la búsqueda de ese consenso de todas las fuerzas vivas de Colombia”. Sobre la posibilidad que la Procuraduría se acabe, dijo que no espera ser el último en liderar esta entidad, que no tiene vocación de sepulturero; añadió que si pidió apoyo para ocupar el cargo es porque lo quiere repotenciar “para que salga de ese pequeño atollamiento en el que está”.
De lo anterior se puede concluir que no será factible la pretensión de eliminar o modificar la Procuraduría como lo hemos propuesto algunos académicos y lo ha pedido el presidente Petro. Ojalá con el nuevo Procurador no continúe el incumplimiento de las decisiones judiciales de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, así como la inobservancia de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, respecto a las sanciones disciplinarias impuestas por la Procuraduría a funcionarios elegidos popularmente y revisadas por el Consejo de Estado, conforme a la discutible sentencia de la Corte Constitucional C-030 del 2024. (Lea: Inconstitucionalidades e inconvencionalidades de la Corte Constitucional: comentarios sobre la Sentencia C-030/23)
La expectativa y el deseo ciudadano es que la Procuraduría cumpla a cabalidad con sus trascendentales funciones; que recupere el rumbo de la institucionalidad con actuaciones imparciales y objetivas. La Procuraduría no puede continuar percibiéndose como un organismo de persecución política, ni el procurador o procuradora caracterizarse por su afinidad o animadversión con el Presidente de la República de turno. Abogado Eljach, se necesita un Procurador General que vigile el cumplimiento de la Constitución, las leyes y las decisiones judiciales; que proteja los derechos humanos y asegure su efectividad; que contribuya con la búsqueda de la paz y represente los intereses de la sociedad.
Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.
Paute en Ámbito Jurídico
Siga nuestro canal en WhatsApp.
Opina, Comenta