Cadena perpetua en Colombia, ¿y dónde están los niños?
Lina Marcela Estrada Jaramillo
Especialista en Derecho de Familia y magistra en Derecho
Docente e investigadora en asuntos de niñez y familia
El Congreso de la República aprobó un proyecto de acto legislativo que reforma el artículo 34 de la Constitución, lo que permitiría sancionar con cadena perpetua a abusadores y asesinos de niños. Esta noticia evidencia que muchos sectores, bajo la bandera de “no tolerar la violencia contra los niños”, disfrazan distintos intereses, y que, en últimas, no logra cumplirse tal premisa protectora.
No se trata de desconocer una realidad que todos los medios de comunicación lo publican a diario: nuestros niños son vulnerables a delitos como homicidios y abusos sexuales, pero la medida adoptada por el Congreso en nada aporta a que esta situación mejore, al contrario, los problemas reales y de fondo continuarán, sin tener una solución real y efectiva, ante la falta de intervención en políticas y estrategias a nivel familiar, que es en donde se concentra el 80 % de los abusos a los niños.
La historia ha demostrado errores normativos que seguimos cometiendo y desgastándonos sin atender el núcleo del problema: cuando se expidió el Código de la Infancia y la Adolescencia (L. 1098/06), muchos aplaudieron y celebraron que existiera una norma que incorporará “los muros de la infamia” para exponer el rostro de los condenados por delitos sexuales en vallas. Luego, la Corte Constitucional consideró que tales avisos lesionaban principios constitucionales, como la dignidad humana, el buen nombre y la intimidad de esos condenados, y que, además, la sanción revictimizaba a los niños, porque no solo los exponía a una presión que podría afectarles su desenvolvimiento social, sino que los confrontaba nuevamente con el rostro de su agresor.
Entonces, vale preguntarse: ¿para qué esta nueva norma? Actualmente, el artículo 199 de Ley 1098 del 2006 señala que en los delitos de homicidio doloso y agresiones sexuales cometidos contra niños y adolescentes no se otorgan beneficios penales como rebaja de penas por preacuerdos, ni tampoco se conceden mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad, es decir, las normas ya se encuentran endurecidas en el país. Pero, nuevamente, aparecen discursos punitivos que hacen creer a la población que los abusadores y asesinos terminarán en las cárceles durante toda su vida, lo cual no ocurrirá, porque la impunidad continúa y cada año va en aumento, así tengamos normas que ya establezcan penas entre los 40 y los 60 años de prisión.
Posiblemente, la Corte Constitucionalidad evaluará el acto legislativo y, nuevamente, como ocurrió con los muros de la infamia, determine que esta reforma, además de estar en contradicción con principios constitucionales como la dignidad humana y el derecho a la libertad, se encuentra en una clara contradicción con la política criminal actual, que está sustentada en la resocialización del victimario.
Además, la criminología ha establecido que lo que disuade no es la severidad del castigo, sino su certeza o posibilidad de ocurrencia, es decir, al victimario lo persuade más la probabilidad de verse castigado que la cantidad o severidad de la pena. Por lo tanto, estaríamos ante una sanción totalmente desproporcionada, sin armonía ni correspondencia con normas internacionales en derechos humanos y sin efectividad para su cumplimiento.
Finalmente, en toda esta discusión nos preguntamos: ¿y dónde están los niños? Ellos siguen siendo invisibles, utilizados a partir de intereses de diferentes sectores, sin que en ningún momento aparezca en el escenario sus necesidades reales. ¿En los debates fueron partícipes para escucharlos? No, porque son los adultos quienes imponen lo que consideran lo mejor para ellos, así no se vaya a cumplir lo que se promete. Tenía razón el Comité de los Derechos de los Niños cuando revisó la situación de Colombia, en el 2015, y aseguró que somos un país al que le hace falta aplicar las normas que ya tenemos y asegurar celeridad en los procesos que reclaman la prevalencia de los derechos de los niños.
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