Colombia penalizó el maltrato animal en 1873
Carlos Andrés Muñoz
Magíster en Bioética de la Universidad Javeriana
Profesor de la Universidad Simón Bolívar (Cúcuta)
Encontré un extraño artículo hace un tiempo revisando, página por página, todos los códigos penales que se han expedido en Colombia.
Estaba redactando el capítulo sobre historia del derecho animal de mi libro “Los animales desde el derecho: conceptos y casos en Colombia”, publicado hace unas semanas por la Editorial de la Universidad Javeriana[1] y, a decir verdad, en ese momento no salía del asombro al percatarme que existió hace siglo y medio un artículo que imponía multa o arresto a quien maltratara a un animal.
El artículo es claro:
Artículo 639. El que infiriere dolores inútiles, innecesarios o excesivos a un animal cualquiera, aun cuando sea para obligarle a moverse o desempeñar algún trabajo a que estuviere destinado, pagará una multa de dos a veinte pesos, o sufrirá arresto por uno a ocho días. (Código Penal de los Estados Unidos de Colombia, 1873).
Estaba frente a un gran hallazgo, un artículo que no se había referenciado en ningún libro sobre doctrina e historia del derecho consultado, por lo que me llegaban a la cabeza varias preguntas: ¿cómo pudo ser posible el reconocimiento de la protección a los animales en pleno siglo XIX en Colombia?, ¿cómo semejante artículo se les había pasado a prácticamente todos los historiadores del derecho?, ¿qué estaba pasando en el país para que se diera ese artículo que podía haber cambiado el derecho colombiano para siempre?
Pues bien, inmediatamente después de haber encontrado el artículo tuve que hacer una lectura integral para determinar cuál podría haber sido su fundamento, aunque ha sido imposible hasta el momento encontrar quién específicamente propuso e impulsó el artículo. Lo que sí se puede decir es que el artículo tiene cabida en la Constitución más liberal de toda la historia colombiana: la Constitución de los Estado Unidos de Colombia de 1863 o más conocida como la Constitución de Rionegro.
La Constitución de Rionegro fue concebida especialmente por liberales, vale la pena recalcar, con influencia directa del pensamiento de Jeremy Bentham, en particular sus ideas utilitaristas y jurídicas. Dichas ideas incluso se ven reflejadas en la Constitución cuando trata sobre la libertad o la separación Iglesia - Estado.
Ahora bien, Bentham también fue uno de los precursores modernos de la defensa de los animales y su “sintiencia” a partir de sus doctrinas utilitaristas, quizá por ahí sea la razón de que este artículo tenga términos netamente utilitaristas como por ejemplo “dolores inútiles”, lo que da indicios más que suficientes para afirmar que el artículo 639 ese código tiene muchas posibilidades de haber sido concebido por un fiel lector de las ideas utilitaristas o de Jeremy Bentham.
El artículo es inusual, no estaba en códigos penales anteriores y desaparece inmediatamente después en el siguiente código, expedido en el marco de una Constitución escrita por el conservador Miguel Antonio Caro.
Tampoco he encontrado una aplicación de la norma en casi década y media que duró en vigencia, pero la investigación sigue abierta en esa búsqueda.
Así mismo, tuvieron que pasar 143 años para que, de la mano de otro liberal y reconociendo la “sintiencia” del animal nuevamente, el congresista Juan Carlos Losada Vargas lograra impulsar la Ley 1774 del 2016, que conforma un hito lleno de historia liberal en el derecho colombiano al proteger el bien jurídico de la integridad física y emocional de ciertos animales en el país.
Ahora bien, y para concluir, que no se haya hecho este descubrimiento antes denota un amplio campo que aún no se ha explorado como se debiera, hay que volver a revisar nuestra historia jurídica y fortalecer esta área importante para la fundamentación de nuestro criterio como abogados.
En particular, en el libro base para esta columna encontrarán seis épocas plenamente marcadas sobre las relaciones jurídicas que hemos sostenido con los animales hasta el día de hoy, los invito a leerlas2.
En el texto sobre la historia del derecho animal en Colombia entenderemos que no solo el artículo más importante había sido olvidado, sino que toda discusión sobre los animales reposa sobre aciertos y desaciertos históricos que alguna vez fueron pensados por otros, algo que nos puede hacer caer en la cuenta de que somos producto de un entramado de discursos forjados a través del tiempo y que constituyen nuestro mundo jurídico contemporáneo.
Opina, Comenta