Para acreditar la propiedad sobre bienes inmuebles es necesario demostrar el título y el modo (3:58 p.m.)
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27 de Mayo de 2010
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El Consejo de Estado reiteró que para acreditar la propiedad sobre bienes inmuebles es necesario demostrar el título y el modo. Así se demuestra la propiedad con la escritura pública de compraventa y la inscripción de esta en la oficina de instrumentos públicos del lugar del inmueble. La Sección Tercera declaró responsable a la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) por haber afectado con embargo y secuestro dentro de un proceso de jurisdicción coactiva un predio perteneciente a terceros. En el caso concreto, el alto tribunal advirtió que si bien los dictámenes periciales arrojaron conclusiones distintas respecto de la delimitación del predio a afectar, lo cierto era que la DIAN entregó al rematante un predio con un área mayor de terreno a la que era materia de embargo y secuestro, sin que se detuviera a estudiar la propiedad de terceros (C.P. Myriam Guerrero de Escobar).
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