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Para que el heredero pueda transmitir sus derechos debe estar con vida al momento de la muerte del causante (12:00 p.m.)

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26 de Abril de 2012

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La transmisión de la herencia se presenta cuando al fallecer el causante le sobrevive una persona que de forma primigenia adquiere la calidad de heredero, esta fallece antes de que acepte o repudie la herencia y, al momento de su muerte, cuenta con otros herederos. Así lo explicó la Corte Suprema de Justicia al resaltar que para que el heredero o legatario pueda transmitir sus derechos hereditarios es necesario que esté con vida al momento de la muerte del causante. También es fundamental que los herederos subsiguientes o transmitidos se encuentren vivos para el instante en que fallece el heredero transmitente. Con estos argumentos, concluyó que si el hijo premuerto nunca adquirió la condición de heredero de su padre, ni siquiera por un instante podía haber transmitido a su heredera universal el derecho a repudiar o aceptar el legado (M.P. Edgardo Villamil Portilla).

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