Declaran la exequibilidad condicionada del Convenio Unidroit sobre restitución de bienes culturales robados o exportados ilícitamente (8:36 a.m.)
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10 de Marzo de 2011
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La Corte Constitucional declaró exequible el Convenio Unidroit sobre los bienes culturales robados o exportados ilícitamente y su ley aprobatoria (Ley 1304/09), bajo el entendido de que por existir un concepto de derecho interno más favorable para la restitución de bienes robados o ilícitamente exportados como lo es el artículo 63 de la Constitución, este se aplicará de preferencia. La corte descartó que la consulta previa a las comunidades indígenas fuera necesaria en la aprobación del convenio e indicó que la adhesión a este instrumento internacional permitirá al Estado colombiano contar con un nuevo mecanismo para realizar los mandatos constitucionales relacionados con la preservación y protección del patrimonio cultural de la Nación. La magistrada María Victoria Calle manifestó su salvamento de voto, por cuanto consideró que debía declararse inexequible la ley por un vicio de procedimiento insubsanable en relación con el aviso previo y en sesión diferente de la fecha en que se debatió y votó el proyecto de ley (M.P. Jorge Iván Palacio Palacio).
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