Sorry, you need to enable JavaScript to visit this website.

Openx ID [25](728x110)


Sociedades nacionales están obligadas a reportar inversiones en sociedades extranjeras

La Dian aclaró que las inversiones en sociedades extranjeras con sede de administración en Colombia deben incluirse en la Declaración Anual de Activos en el Exterior.
200746

16 de Agosto de 2024

Escucha esta noticia audio generado con IA

Mantente al día

close

Suscríbete y escucha las noticias jurídicas narradas con IA.

Haz completado el límite de noticias
Suscríbete y continua la experiencia Legis

La Dian emitió un concepto en el cual aclaró la obligación de las sociedades nacionales de reportar sus inversiones en sociedades extranjeras con sede efectiva de administración en Colombia. Según la entidad, estas inversiones deben ser incluidas en la Declaración Anual de Activos en el Exterior, conforme a lo establecido en el artículo 607 del Estatuto Tributario.

La entidad recordó que la obligación de presentar esta declaración tiene un carácter informativo y busca controlar los activos poseídos en el exterior por residentes colombianos. “A pesar de que una sociedad extranjera puede tener su sede de administración efectiva en Colombia, lo que la convierte en una entidad nacional para efectos tributarios, las inversiones en dicha sociedad son consideradas como activos en el exterior debido a su localización efectiva”, explicó la Dian. (Lea: Problemas técnicos en la Dian, contribuyentes tendrán más tiempo para presentar declaración de renta)

Este criterio, indicó la entidad, se fundamenta en el artículo 263 del Estatuto Tributario, que define la posesión de un activo como el aprovechamiento económico del mismo, y en el artículo 12-1, que establece que una sociedad es considerada nacional si su sede efectiva de administración se encuentra en Colombia. (Lea: Principales logros de la DIAN en los dos años del Gobierno Petro).

Gracias por leernos. Si le gusta estar informado, suscríbase y acceda a todas nuestras noticias, con los datos identificadores y documentos sin límite.

Paute en Ámbito Jurídico

Siga nuestro canal en WhatsApp.

¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito. Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!

Openx inferior flotante [28](728x90)

Openx entre contenido [29](728x110)

Openx entre contenido [72](300x250)