Resolución de la CNTV mediante la cual transfiere recursos no causa el impuesto de timbre, pues los actos administrativos no son sujetos del tributo (10:50 a.m.)
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12 de Abril de 2010
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Las resoluciones mediante las cuales la Comisión Nacional de Televisión (CNTV) transfiere recursos a Radio Televisión Nacional de Colombia (RTVC) no causan el impuesto de timbre, pues los actos administrativos son documentos no sujetos al tributo, precisó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en concepto de marzo. En cambio, si se trata de convenios interadministrativos que celebra la entidad beneficiaria con la comisión para el desarrollo del proyecto para el que se asignaron recursos, sí se causa el impuesto. No obstante, a partir del año 2010, de acuerdo con lo previsto en la Ley 1111 del 2006, la tarifa del impuesto es de cero.
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