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Tributario


¿Los contadores están obligados a entregar `backup´ del ‘software’ contable?

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública recuerda cuáles son los deberes de un contador una vez finaliza su contrato de prestación de servicios.
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13 de Octubre de 2017

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Al finalizar la relación laboral, corresponde al contador público revisar las condiciones de su contrato, con el fin de conocer los papeles, documentos e informes que debe entregar para dejar resueltos todos los asuntos relacionados con su ejercicio profesional, hasta la fecha de su retiro, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública. (Lea: Remuneración del contador se basa en la capacidad de desempeño e importancia de su labor)

 

La entidad recordó lo manifestado en el Concepto 686 del 2015, en el cual precisó que si la propiedad del software contable o de su licencia pertenece a la persona que presta sus servicios como contador público, la empresa no puede exigir la entrega de un backup o copia de seguridad, ya que no existe obligación alguna para que dicho profesional, una vez culminado el contrato de prestación de servicios, deba hacerlo, salvo que el contrato lo exija o exista un pago adicional a cambio.

 

Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 829, Sep. 29/17

 

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