Tributario
Gestionar cobro de cartera no está dentro de las funciones del revisor fiscal
Se podría estar materializando la coadministración y se afectaría el cumplimiento de los principios del código de ética del contador.
20 de Octubre de 2017
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), teniendo en cuenta lo previsto en el artículo 207 del Código de Comercio, indicó que no son funciones del revisor fiscal:
- Realizar gestiones de cobro de cartera dentro de la empresa,
- Ser asesor financiero de la misma o
- Emprender labores que sean más del cargo de asesoría que de auditoría.
En el evento en que esté ejecutándolas se podría estar materializando la coadministración que, a su vez, afectaría el cumplimiento de los principios del código de ética (anexo 4 del Decreto 2420 del 2015), particularmente el de independencia.
Consejo Técnico de la Contaduría Pública, Concepto 769, 05/09/17
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