Dian explica restricciones legales para empresas de apoyo en zonas francas
26 de Julio de 2024
Las empresas de apoyo ubicadas dentro de zonas francas no están legalmente facultadas para suministrar materias primas a los usuarios industriales de bienes para su transformación. Según la Dian, estas empresas deben limitar sus actividades a las establecidas en el artículo 5 del Decreto 2147 del 2016, que no incluye el suministro de materias primas.
Normativa y clasificación de usuarios en zonas francas
De acuerdo con el artículo 1 de la Ley 1004 del 2005, las zonas francas son áreas geográficas delimitadas con una normativa especial en materia tributaria, aduanera y de comercio exterior. El artículo 4 del Decreto 2147 del 2016 define los tipos de usuarios de zonas francas, excluyendo a las empresas de apoyo de esta categoría. Estas empresas están autorizadas para operar dentro de la zona franca, pero su rol se restringe a prestar servicios de apoyo sin participar en las actividades industriales y comerciales de los usuarios principales.
Condiciones y restricciones para las empresas de apoyo
El Concepto 18964 de la subdirección de Normativa y Doctrina de la Dian subraya que las empresas de apoyo no pueden desarrollar actividades que impliquen el objeto social de los usuarios industriales y comerciales de la zona franca. Además, no disfrutan de los incentivos fiscales y aduaneros de los que gozan estos usuarios y deben cumplir con controles estrictos sobre el manejo de mercancías. La autorización para operar depende de un vínculo funcional con el usuario operador, dirigido a optimizar la operación dentro de la zona franca.
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