31 de Agosto de 2024 /
Actualizado hace 1 hora | ISSN: 2805-6396

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Dian aclara reglas sobre documentos equivalentes a la factura para servicios públicos

26 de Julio de 2024

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Nota:
197446

La subdirección de Normativa y Doctrina de la Dian ha establecido directrices claras sobre la obligatoriedad y el uso de documentos equivalentes a las facturas de venta, particularmente en el ámbito de los servicios públicos domiciliarios.

Según la entidad, la normativa vigente establece que estos documentos equivalentes pueden ser expedidos por empresas prestadoras de servicios públicos domiciliarios reguladas por la Ley 142 de 1994, en remplazo de las tradicionales facturas de venta. Esto se enmarca en las disposiciones del Decreto 1625 de 2016 y las facultades otorgadas a la DIAN mediante la Ley 2155 del 2021. (Lea: Reformas laboral, a la salud y a los servicios públicos, entre los planes del Gobierno para la nueva legislatura)

La principal finalidad de los documentos equivalentes es sustituir la factura de venta en aquellos casos donde el facturador así lo haya decidido. Estos documentos son reconocidos por la normativa tributaria como soporte de costos, deducciones e impuestos descontables, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos en los artículos 616-1 y 771-2 del Estatuto Tributario.

La Dian, a través de su Concepto Unificado de la Obligación de Facturar y Sistema de Factura Electrónica número 106 del 2022, ha aclarado que tanto la factura de venta como el documento equivalente son válidos para cumplir con la obligación de facturación de las empresas de servicios públicos domiciliarios. (Lea: Usuario y/o suscriptor de los servicios públicos domiciliarios, legitimados para presentar peticiones, quejas y recursos).

No obstante, la entidad subraya que en caso de que estas empresas realicen ventas o presten servicios no contemplados en la Ley 142, deberán emitir una factura de venta y no podrán optar por el documento equivalente en esos casos específicos. Esta precisión busca garantizar el cumplimiento adecuado de las obligaciones tributarias y ofrecer claridad sobre el uso de documentos equivalentes en el sector de los servicios públicos domiciliarios.

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