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Dian aclara inclusión del IVA en deducciones del impuesto sobre la renta

Nueva doctrina especifica que el IVA debe ser incluido en el cálculo de deducciones, siempre y cuando no se haya solicitado previamente como costo o gasto en otros impuestos.
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23 de Julio de 2024

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La Dian emitió una doctrina clave sobre la inclusión del IVA en el cálculo de las deducciones del impuesto sobre la renta. El documento responde a una consulta específica sobre si el IVA pagado por las adquisiciones de bienes y servicios debe ser incluido en el cálculo de dichas deducciones, conforme al numeral 5 del artículo 336 del Estatuto Tributario.

La entidad aclaró que el valor total de las adquisiciones, que incluye el IVA, puede ser solicitado como deducción del impuesto sobre la renta. Sin embargo, hay una condición importante: este IVA no debe haber sido previamente solicitado como costo o gasto en el impuesto sobre la renta, ni como impuesto descontable en el impuesto sobre las ventas, ni como cualquier otro beneficio tributario. Esta medida está en línea con lo dispuesto en la Ley 2277 de 2022 y otras normas complementarias.

Para aprovechar esta deducción, los contribuyentes deben cumplir con varios requisitos establecidos por la ley. Entre ellos, se destaca que las adquisiciones deben estar soportadas por factura electrónica de venta, pagada a través de medios electrónicos y validada por la entidad correspondiente.

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