Decretos de emergencia social por captación ilícita de dineros del público no establecieron excepciones para las obligaciones contables (2:37 p.m.)
64574
17 de Febrero de 2010
Escucha esta noticia audio generado con IA
Los decretos que regulan el procedimiento de intervención relacionado con el estado emergencia social decretado en el año 2008 (Decretos 4333 y 4334 del 2008), motivados por las operaciones no autorizadas de captación masiva de dineros del público, no hacen excepción ni regulan de manera especial el tema de las obligaciones contables, por lo que es deber del agente interventor llevar la contabilidad de los negocios del ente económico, así como la guarda y custodia de los libros y documentos. Así lo precisó la Superintendencia de Sociedades, en concepto de diciembre.
¡Bienvenido a nuestra sección de comentarios!
Para unirte a la conversación, necesitas estar suscrito.
Suscríbete ahora y sé parte de nuestra comunidad de lectores. ¡Tu opinión es importante!