Beneficios tributarios no aplican si documento soporte difiere de la declaración de importación (7:15 a.m.)
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08 de Marzo de 2018
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De acuerdo con lo previsto en el numeral 2º del artículo 128 del Decreto 2685 de 1999, para la autorización del levante de la mercancía durante el proceso de importación debe existir conformidad entre lo declarado y la información contenida en los documentos soporte. Así las cosas, indicó la Dian, teniendo en cuenta la aplicación restrictiva de los beneficios tributarios, estos no serían viables en las importaciones de mercancía cuando el documento soporte, es decir, la certificación de no producción nacional, contiene o ampara una subpartida arancelaria diferente al producto que se declara en la importación.
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