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Avanza proyecto que facilitará devolución de saldos a favor del impuesto sobre la renta

Esta devolución se generaría sin necesidad de mediar solicitud posterior a la presentación de la declaración de renta por parte del contribuyente.
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Unifican jurisprudencia sobre aportes al sistema de la protección social de las cooperativas de trabajo asociado (Freepik)

23 de Octubre de 2024

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El pasado 15 de octubre, la plenaria del Senado aprobó, en segundo debate, el proyecto de ley que pretende modificar el artículo 855 del Estatuto Tributario en lo relacionado con la devolución y/o compensación por saldos a favor originados en las declaraciones del impuesto sobre la renta.

La propuesta busca que esta devolución se genere sin necesidad de mediar solicitud posterior a la presentación de la declaración de renta por parte del contribuyente.

Además, incluiría a las personas asalariadas o que devenguen honorarios por prestación de servicios para ser beneficiadas con la devolución automática.

De avanzar la iniciativa en la Cámara de Representantes, la administración de impuestos deberá devolver los saldos a favor dentro de los 30 días siguientes a la fecha de presentación de la declaración de renta, para lo cual el contribuyente deberá solicitarlo en la declaración.

La DIAN quedaría habilitada para definir los mecanismos en los que el contribuyente podrá manifestar su intención de aceptar la devolución o solicitar su imputación.

Normas que se modifican

La propuesta haría cambios en artículos del Capítulo X del Decreto Ley 624/89 y disposiciones del Decreto 1625/16 y entraría en vigor seis meses después de su promulgación.

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