26 de Noviembre de 2024 /
Actualizado hace 7 minutos | ISSN: 2805-6396

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Noticias / Tributario


Autoridad tributaria explica retención en la fuente para incentivos educativos

25 de Julio de 2024

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Nota:
197331

La Subdirección de Normativa y Doctrina de la Dian aclaró que los apoyos económicos financiados con recursos públicos para programas educativos a funcionarios públicos no están sujetos a retención en la fuente, siempre y cuando cumplan con los requisitos del artículo 46 del Estatuto Tributario (E. T.). Dichos apoyos no constituyen renta ni ganancia ocasional para el beneficiario.

Sin embargo, la entidad indicó que si los apoyos económicos no cumplen con los supuestos del artículo 46 y se ajustan al artículo 103 del mismo Estatuto serán considerados ingresos gravables para el trabajador. En tal caso, dichos pagos estarán sujetos a retención en la fuente por parte de la entidad pública, conforme a lo estipulado en los artículos 368 y 369 del E. T.

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