Alistan reglamentación del impuesto SIMPLE
05 de Abril de 2019
En virtud de los cambios tributarios que introdujo la Ley de Financiamiento (Ley 1943 del 2018), el Ministerio de Hacienda publicó una propuesta normativa para regular lo relacionado con el impuesto unificado bajo el régimen simple de tributación – SIMPLE.
Como se recordará, el SIMPLE es un modelo de tributación opcional que sustituye el impuesto sobre la renta e integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comercio.
Esto plantea el proyecto
La futura norma establecería los efectos de la integración de los impuestos, reglamentaría la aplicación del SIMPLE en asuntos como ingresos que no computan para el cumplimiento, el periodo gravable y los sujetos que no podrán optar por el impuesto, entre otros.
Sobre el último punto, el texto señala que no podrán optar por el SIMPLE las personas jurídicas de derecho público, los particulares que desempeñen funciones públicas como actividad generadora de ingresos y las entidades sin ánimo de lucro.
Sobre la determinación del impuesto se propone:
En cuanto a la permanencia y exclusión, la norma definiría lo siguiente:
Estos serían los plazos para la presentación de los anticipos en el año 2019:
De igual manera, se modificarían algunos artículos del Decreto 1625 del 2016, donde se establecen los obligados a inscribirse en el RUT, los procedimientos mismos de inscripción, actualización, suspensión y cancelación, los documentos que lo soportan y los que se deben adjuntar para la formalización de estos trámites.
El ministerio recibirá comentarios hasta el próximo 17 de abril, a través de su sitio web.
Minhacienda, proyecto de norma, Abr. 02/19.
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