Simplifican el trámite de pago de obligaciones tributarias, aduaneras y cambiarias para contribuyentes sin certificado de firma digital (3:31 p.m.)
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19 de Noviembre de 2010
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Desde el pasado 17 de noviembre, los contribuyentes que ingresen a los servicios informáticos electrónicos de la DIAN y elaboren las declaraciones para su presentación en las entidades autorizadas para recaudar (EAR) podrán diligenciar la sección pagos, sin necesidad de elaborar el recibo de pago, informó hoy esa entidad. Las EAR deben recibir las declaraciones y grabarlas de la misma manera que las litográficas, sin perjuicio de que puedan ser presentadas sin valor a pagar o con recibo de pago adicional a la declaración, caso en el cual recibirán ambos documentos y grabarlos, como hasta el momento, agrega el pronunciamiento oficial. Para los contribuyentes con certificado de firma digital, el procedimiento de pago electrónico sigue igual.
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