Resolución sobre ampliación de término para presentación de información tributaria es constitucional
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17 de Febrero de 2021
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La Sala Plena del Consejo de Estado declaró que la Resolución 000027 del 2020 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian), objeto del control inmediato de legalidad, se encuentra ajustada a la Constitución y a la Ley. Esta resolución modifica los plazos definidos en el artículo 45 de Resolución 011004 del 2018; en el artículo 42 de la Resolución 000070 del 2019 y en el artículo 4 de las Resoluciones 9147, 9148 y 9149 del 2006, establecidos para la presentación de información tributaria y cambiaria ante la Unidad Administrativa Especial de la Dian. Según la corporación, la ampliación de los plazos, para cumplir con la obligación de presentar la información exógena en diferentes actos administrativos, es evidentemente conexa y congruente con las causas que dieron origen al estado de emergencia. Si bien la información que debe reportarse es en medios magnéticos, lo cierto es que para su preparación y para ponerla en los términos técnicos se requiere de la labor directa de las personas y el acceso a la información que físicamente reposa en las diferentes entidades, sujetos o personas jurídicas obligadas a suministrarla. Por ello, la medida adoptada resulta conveniente, necesaria y sensata frente a los efectos perjudiciales de la crisis (C. P. César Palomino Cortés).
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