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¿Quién debe certificar la experiencia para inscribir por primera vez la tarjeta profesional del contador público? (4:23 p.m.)

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08 de Agosto de 2019

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La certificación de experiencia técnico contable a que se refiere el artículo 30 de la Resolución 973 del 2015 de la Junta Central de Contadores, en relación con los requisitos para inscribir por primera vez la tarjeta profesional de contador público, debe ser suscrita por el profesional a quien le conste o pueda verificar que la persona certificada ha realizado las actividades correspondientes por un periodo determinado. Por lo tanto, indicó el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, si la entidad no estaba obligada a tener revisor fiscal y durante ese tiempo el aspirante cumplió su labor, el contador público de la época podrá certificar la experiencia. También puede suceder que el revisor fiscal que no estuvo durante esa época firme dicha certificación, si mediante evidencia puede concluir que la persona interesada cumplió con la experiencia, en los términos señalados.

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