Precisan amparo de mercancías extranjeras con la factura de venta nacional o documento equivalente (4:43 p.m.)
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18 de Noviembre de 2019
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El artículo 594 del Decreto 1165 del 2019 (Régimen Aduanero) establece los documentos que amparan las mercancías extranjeras y excepcionalmente, en el parágrafo, indica los requisitos que se deben cumplir para que una factura de venta nacional o documento equivalente ampare las mercancías en posesión del consumidor final. Así las cosas, indicó la Dian, una mercancía importada se entenderá amparada con la factura de compra cuando se cumplen plenamente las condiciones establecidas en el parágrafo del mencionado artículo 594, siempre y cuando no se trate de vehículos o bienes objeto de registro o inscripción ante otras autoridades de control. Lo anterior sin perjuicio de la apertura de investigaciones tributarias, aduaneras o cambiarias y de la imposición de sanciones que se puedan derivar frente a inconsistencias o irregularidades.
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