Ley 1819 grava con IVA los activos intangibles relacionados con la propiedad industrial (3:28 p.m)
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22 de Junio de 2017
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El literal b) del artículo 173 de la Ley 1819 del 2016 no hace precisión alguna sobre cuáles activos intangibles están o no gravados con el impuesto sobre las ventas, sino que se refiere genéricamente a esta clase de activos. Por lo tanto, indicó la Dian, si bien la Decisión 486 del 2000 de la Comunidad Andina de Naciones identifica activos intangibles relacionados con la propiedad industrial, la disposición en mención no hace referencia alguna única y exclusivamente a estos, sino que los grava de manera general.
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