Inmuebles asignados a título de remanente a los accionistas deberán ser reconocidos por su valor neto de liquidación (3:10 p.m.)
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17 de Febrero de 2020
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Teniendo en cuenta que las sociedades en liquidación están obligadas a aplicar la base contable del valor neto de liquidación, deberán reconocer los activos por este valor, es decir, el valor estimado de efectivo u otra contraprestación que la entidad espera obtener por la venta o disposición forzada de un activo al llevar a cabo su plan de liquidación, menos los costos estimados de determinación y los costos estimados necesarios para realizar la venta. Por lo tanto, indicó la Dian, en el caso de la liquidación, los activos inmuebles que sean asignados a título de remanente a los distintos accionistas deberán ser reconocidos por su valor neto de liquidación.
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