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Ingresos por enajenación voluntaria en proyectos de infraestructura de transporte no constituyen renta ni ganancia ocasional (3:41 p.m.)

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02 de Agosto de 2016

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La Ley 1682 del 2013 (Ley de Infraestructura) es clara al indicar en su artículo 20 que la entidad pública podrá adelantar la expropiación administrativa siguiendo el procedimiento previsto en la Ley 388 de 1997, lo que permite concluir que, en la medida en que la adquisición de bienes destinados a proyectos de infraestructura de transporte se realice a través de la enajenación voluntaria, los ingresos obtenidos por esta vía no constituyen renta ni ganancia ocasional, de conformidad con lo preceptuado en el parágrafo segundo del artículo 67 de la Ley 388, indicó la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales. Cuando en los procesos de enajenación voluntaria se incluya algún tipo de indemnización diferente a la procedente por daño emergente, este ingreso susceptible de incrementar el patrimonio de los contribuyentes está gravado con el impuesto a la renta.        

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